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Reagrupación Familiar Comunitario

La reagrupación familiar de ciudadano comunitario permite obtener la residencia en todo el territorio UE + Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein, Noruega) + Suiza donde se halle el reagrupante.

El régimen comunitario además ofrece al solicitante la gran ventaja de que se expide por un periodo de cinco años, lo que significa un fácil acceso a la residencia larga duración o tarjeta de residencia comunitaria permanente que es válida y renovable por 10 años.

Hay que recordar que el plazo general de adquisición de la nacionalidad española es de 10 años y de 2 años en el procedimiento abreviado. Mientras que el régimen general de extranjería es de carácter más exigente. Ya que otorga primero un año de residencia y luego renovaciones bianuales.

Por lo que hasta llegar a la residencia de larga duración, que además en este caso será renovable por periodos de 5 años, es más tedioso. Las ventajas son claras. En cualquier caso desde Extranjeros Aema te ayudamos tanto a que puedas lograr la residencia larga duración como a renovar tu permiso de residencia permanente.

En conclusión, ser residente con la tarjeta comunitaria permanente presenta grandes beneficios como contar con la tranquilidad de no tener que preocuparte por la duración de tu permiso de residencia.

Como aspecto negativo, señalamos la dependencia económica o posible disolución del vínculo matrimonial o de pareja de hecho. En ese caso desde Extranjeros Aema te asesoramos a la hora de realizar la modificación hacia otro tipo de residencia o incluso adquisición de la nacionalidad.

Requisitos para la reagrupación familiar comunitario

La documentación a presentar incluye la solicitud, disponer de pasaporte en vigor, la acreditación del vínculo con el ciudadano español o comunitario y contar con suficientes medios económicos para el sostenimiento del reagrupado.

Esto supone ser capaz de afrontar gastos por valor del 150% del IPREM en el caso de seamos una única persona que se encarga del ciudadano extracomunitario añadiendo un 50% por cada miembro familiar adicional.

Este tipo de residencia se orienta a los descendientes o ascendientes en primer grado especialmente así como cónyuge o pareja de hecho. Por tanto es vital contar con certificado de nacimiento y/o de matrimonio o pareja de hecho en su caso legalizado o apostillado según el país de origen.

Pero también es extensible a cualquier familiar respecto del cual podamos demostrar su dependencia económica respecto de nosotros. Este requisito no es una mera declaración de asunción de gastos por nuestra parte una vez que se encuentre en España.

Al contrario, hemos de probar que estamos contribuyendo al sostenimiento activo de nuestro familiar en el país de origen. La prueba de solvencia dependerá de si nuestro permiso de residencia es por cuenta ajena o propia.

Para que quede debidamente acreditado la forma más corriente y sencilla es aportar los certificados de envío de dinero suficientes para cubrir el sueldo mínimo del país de origen.

Asimismo la persona reagrupada, congruentemente, no puede disponer de trabajo o medios económicos propios que le permitan vivir independientemente. Por todos estos motivos unas de las fórmulas más empleadas son por un lado la reagrupación familiar de comunitario menor de 21 años y por otro de mayor de 65 años.

Procedimiento reagrupación familiar comunitario

Desde Extranjeros Aema te acompañamos en todas las fases del procedimiento reagrupación familiar comunitario. Poseemos experiencia lidiando con los consulados en todo el mundo solicitando visados de comunitario si el familiar se encuentra en el país de origen.

Te ayudamos en el caso que necesites realizar acta de manifestaciones ante notario para que tu representante pueda presentar la documentación. En el caso de que tu país se encuentre dentro del programa de exención de visados y puedas entrar como turista nos dirigiremos ante la oficina de extranjería de tu domicilio aportando la documentación necesaria junto con la tasa requerida.

Hoy en día, los desplazamientos son menos necesarios que nunca por lo que podrás delegar en nosotros tu representación para que lo presentemos telemáticamente.

10 respuestas

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  5. Muy profesionales en el trabajo que desempeñan dejándote claro las cosas claras desde el primer minuto, agradecido con ustedes

  6. llAcudimos a ellos por primera vez hace 5 años por recomendación de un notario amigo. Se trataba de solicitar el permiso de residencia para mi marido australiano. El trato fue muy amable y personal, nos explicaron con toda claridad cuáles eran los pasos a seguir, los documentos a aportar y cuánto iban a costar estos trámites. después todo el proceso se desarrolló exactamente como nos habían dicho y mi marido obtuvo su permiso dentro de los plazos previstos.

    Ahora había que renovar este permiso para los próximos 10 años. De nuevo nos atendieron con la misma amabilidad y eficacia. Esta vez la policía tardó en darnos cita mucho mas de lo previsto y ante nuestro nerviosismo intentaron presionar un poco mediante un escrito que surtió efecto.

    Desde luego nuestra experiencia con AEMA extranjeros ha sido excelente. Dan mucha seguridad y en todo momento nos hemos sentido muy arropados por ellos

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