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Visado Médico

¿Qué es la visa médica o visado para tratamiento médico en España?

Si en tu país de residencia no puedes obtener el tratamiento que necesitas puedes solicitar la visa médica si cuentas con la admisión en un centro médico en España. Con un alto grado de especialización ,la asistencia sanitaria española es una de las mejores a nivel mundial. Un ejemplo de la calidad de la cobertura sanitaria en España es el denominado turismo sanitario que numerosos ciudadanos, especialmente comunitarios realizan. Este fenómeno se produce, en mayor proporción en el Levante español y los archipiélagos balear y canario, donde residen multitud de jubilados de diversas nacionalidades, existiendo grandes comunidades de expatriados origen nórdico, germánico y/o francés, que saben que pueden contar con la atención médica que necesitan. Por tanto, si te ves en la necesidad de abandonar tu país por razones médicas puedes tener la tranquilidad de haber elegido correctamente ya sea para una intervención de carácter urgente, un chequeo médico o estudio o un tratamiento de carácter estético (enlace a www.dracampanari.com). La atención médica también puede ir dirigida a menores para lo cual es obligatorio que sus representantes o las personas que cuenten con su autorización velen por su interés superior en todo momento solicitando la visa médica en su nombre.

Requisitos Visa Médica

Como todo trámite de extranjería existen una serie de requisitos generales que debemos cumplir para obtener la visa médica, sin olvidar que cada Consulado atendiendo a su criterio y las condiciones particulares de cada caso puede demandar documentación adicional. Los siguientes documentos son comunes a cualquier solicitud: formulario cumplimentado con los datos personales y fechas estimadas del viaje, pasaporte con vigencia, recomendable, superior a 6 meses. Por otra parte, por encima de todo lo más importante es la acreditación de los motivos del viaje y su necesidad. Hay que tener en cuenta el carácter de emergencia de la visa médica y por esta razón la duración de la estancia se otorgará como máximo por 90 días que puede ser extensibles atendiendo a las circunstancias mediante la prórroga de autorización de residencia por circunstancias excepcionales por enfermedad sobrevenida. Esto explica que haya que disponer de vuelo de ida y vuelta con anterioridad y contar con alojamiento o la autorización médica para que pueda cumplir el reposo necesario en el domicilio de un amigo o familiar (enlace a carta de invitación). En este último supuesto es necesario demostrar el vínculo de parentesco (enlace tramites civiles) que explica la acogida en el domicilio de un familiar.

En síntesis, hay que fundamentar de forma clara y concisa los motivos que originan la presentación del visado médico. Una de las razones más aducidas e importantes es el hecho de que no exista la posibilidad de realizar un tratamiento adecuado en el país de origen. Por tanto cuanto mayor grado de especialización requiera la intervención medica mayores posibilidades existirán para su concesión. De esta manera, es imprescindible aportar el certificado de diagnóstico firmado por el médico acreditado por la clínica u institución española que reconozca la gravedad o idoneidad de su situación para la concesión de este visado. Sin olvidar que el centro médico ha de confirmar que el solicitante será tratado en España sin coste para el erario público español, siendo un centro privado, por lo que es importante disponer de recursos económicos y pagar por anticipado los costes de hospitalización.

Tramitación Visa Médica

No hay que confundir la visa médica con el seguro médico que se exige para la visa de turista ni tampoco con el convenio especial de prestación de asistencia sanitaria (enlace). Lo que le diferencia es su motivación para la recuperación del paciente al ser imposible que reciba la atención médica necesaria en su situación actual. La tramitación de la visa médica se realiza siempre desde el país de residencia del solicitante ante el Consulado de España en dicho país. En consecuencia no se puede confundir con un visado de turista que ha de prorrogarse por una enfermedad o lesión sobrevenida. Los criterios de decisión son tanto médicos como económicos por lo que hay acreditar disponer de recursos económicos suficientes para costearse los servicios hospitalarios que se quieren recibir en España. Para el cálculo de la estancia, lo fundamental es no solo la fecha que aparece sellada  en el pasaporte sino que el tiempo comenzará a contar desde la entrada efectiva en el país. Si una vez que se está en el hospital la estancia necesita alargarse, puede, siempre antes de la expiración del visado, tramitarse una autorización de residencia por circunstancias excepcionales. El principal aspecto negativo de la tramitación de la visa médica es que una vez superado el plazo máximo de resolución de 45 días sin comunicación o notificación alguna se  entenderá desestimada por silencio negativo.

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