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Estancia por Estudios

La mal llamada residencia de estudiantes es en realidad, para los criterios de extranjería, ahora con la modificación del reglamento de extranjería se llama autorización de estancia de larga por estudios o para realizar prácticas.

Esto supone un importante cambio ya que la tarjeta tendrá una duración igual a la duración de los estudios evitándose así la tediosa renovación anual que venía acumulando enormes retrasos siendo muy frecuente el caso de que su recogida ocurriera una vez que ya había finalizado el curso. Todo esto generaba una gran inseguridad e inquietud para los estudiantes que «carecían» de documentación. Además ahora la modificación o  cambio de tarjeta de estancia de larga duración por estudios o prácticas hacia la tarjeta de residencia ya sea cuenta ajena / trabajo o cuenta propia / autoempleo / autónomo se ha simplificado. Sin embargo, sea cual sea, la duración de la estancia no computa para los plazos de nacionalidad.

Nuevos Requisitos Estancia por Estudios

Al igual que en el resto de trámites de extranjería es vital garantizar el sostenimiento del solicitante antes de iniciar el procedimiento. Por esta razón el estudiante ha de asegurarse de que dispone del 100% del IPREM para asegurar la obtención de la estancia por estudios.

Esta cantidad puede minorarse en el caso de que el alojamiento sea pagado previamente pues es un gasto importante. Este tramite de extranjería comparte rasgos comunes con la residencia no lucrativa ya que no autoriza a trabajar a tiempo completo y ha de acreditarse la solvencia económica. Sin embargo si permite el trabajo por cuenta ajena o propia hasta 30 horas semanales

Actualmente se ha eliminado de hecho la posibilidad de obtención de visado de estudios para todos los solicitantes menores de 17 años ya que el nuevo reglamento se ha enfocado únicamente en regular los estudios postobligatorios es decir, superiores a la ESO o Educación Secundaria Obligatoria, ya sea grado superior, bachillerato o estudios universitarios entre otros y para mayores de edad o personas de 17 años que alcancen la mayoría de edad durante el curso. 

La admisión ha de realizarse en un centro de enseñanza o formación siempre reconocido u oficial. Por tanto, los centros educativos han de cumplir siempre el requisito indispensable de ser un centro registrado oficial. El incumplimiento de esta característica supone la resolución denegatoria de la estancia por estudios.

Desde Extranjeros Aema te ayudamos a cerciorarte de que la entidad en la que basas tu solicitud se encuentra reconocida por el Ministerio de Educación como Institución válida.

A menudo por desconocimiento del funcionamiento del procedimiento el extranjero puede encontrarse en la situación de o de que su visa de estudios sea denegada o aunque el expediente fuera concedido luego no sea reconocido.

Lamentablemente existen numerosos antecedentes de malas practicas por parte de entidades haciendo uso de terminología como campus, escuela de negocios…vende cursos no homologados lo cual se evita con el nuevo reglamento a través de los registros oficiales.

El presente trámite también es válido para realizar cursos de español en España. Otra ventaja es que para actualizarse a la realidad tecnológica se permite la educación híbrida entendiendo esta como la que combina un 50% de presencialidad con un 50% de clases en remoto, telemáticas o a distancia sin presencia física.

En caso de que el solicitante sea menor de edad y que no vaya a cumplir los 18 durante la duración del curso la opción de una solicitud inicial de estudios no es posible. Habrá que optar por una residencia no lucrativa o arraigo socioformativo dependiendo del perfil, es decir del nivel de ingresos.

Para todos aquellos estudiantes que obtuvieron su permiso con el reglamento anterior, lamentablemente la prórroga actualmente está limitada a un año por lo que hay que explorar otras vías.

Hoy, además, es posible siendo turista en España solicitar este tipo de permiso sin tener que lidiar con el Consulado.

Cambio de estancia por estudios a residencia temporal

Por su naturaleza la autorización de estancia por estudios se encuentra encaminada a que tras la formación recibida los conocimientos sean de aplicación en el mundo real logrando ser contratado o emprendiendo un proyecto empresarial, todo ello bajo el régimen general de residencia temporal.

En el caso de que los estudios se encuadren dentro del nivel 6 del marco europeo de calificaciones o superior podrá modificarse el permiso al de búsqueda de empleo. La residencia de búsqueda de empleo, que comparte similitudes con la residencia no lucrativa, nos permitirá por razón del nivel académico adquirir una autorización de residencia de profesional altamente cualificado.

Desde Extranjeros Aema te ayudamos tanto a realizar las renovaciones o prórrogas de las tarjetas de estudiantes o prácticas como a realizar los cambios que necesites.

5 respuestas

  1. He puesto la confianza en vuestra empresa y hasta el momento estoy contenta y agradecida de vuestro trabajo espero culminar con éxito lo encomendado. Gracias y adelante. Saludos cordiales.

  2. Cómo cliente suyo puedo decir que no puedo estar de lo más contento y satisfecho por sus servicios, responsabilidad y amabilidad.

  3. Me ha impresionado bastante la eficacia en los tiempos y trabajo, amabilidad y acompañamiento personal durante todo el proceso de los trámites que como cliente confié en ellos. Un verdadero equipo de trabajo que recomiendo bastante.
    Muchas gracias

  4. Agradecida por todo ,desde el principio hasta el final no me han dejado sola ,la amabilidad y la empatía que tienen es lo máximo y lo rápido que son con las gestiones ,os la recomiendo al 100% y de verdad que no se arrepentirán .Estoy tan agradecida ,Dios les bendiga 🙏❤️

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